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Temas sobre la documentación

Cuando se tiene en propiedad un animal, cualquiera que sea, siempre es conveniente poseer documentación que demuestre nuestra propiedad sobre él, pero si además es animal protegido por CITES, mucho más.

CITES es la sigla en inglés de The Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres). En el marco de este convenio, suscrito por muchos países, se han determinado las especies que deben ser protegidas debido al amplio trafico del que son objeto.

Por esto, cuando adquirimos un animal que figura en este convenio (la mayoría de las tortugas) es muy importante tener el documento que justifica que dicho animal está registrado por las autoridades competentes (Soivre) y que está permitida su tenencia.
El Soivre es el Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones. En la actualidad el Servicio lo forman los Centros de Inspección de Comercio Exterior, donde se recogen las normas generales y específicas que han entrado en vigor el día 01.04.92, dependen del Ministerio de Industria y Turismo. Algunas de sus funciones son: la inspección de la calidad comercial, el examen documental, el control de los productos de importación y exportación, informar sobre las deficiencias observadas, expedir certificados, iniciar expedientes sancionadores, etc... Entre otras funciones, son los que llevarán el control a aquellas personas que se dedican a criar especies protegidas en cautividad y los que emitirán los correspondientes certificados para que los animales nacidos en cautividad sean identificados como tal.

En el CITES figuran varios grados de protección. En función del grado de protección es suficiente con tener la factura de compra y el número de CITES en la factura, o bien hace falta tener el documento CITES al margen del documento de adquisición (o bien documento de cesión o bien factura de compra).

Cuando el animal requiere de dicho documento CITES (animales que figuran en el apéndice I y apéndice II anexo A) hasta que una tortuga no tiene un peso de 250 gramos, la identificación se hace mediante fotografía que se adjunta al documento y que se renueva anualmente, cuando el animal sobrepasa ese peso, se procede al marcado mediante microchip y se expide el documento definitivo en el que figura el número de microchip del animal.

Si adquieres una tortuga sin cites definitivo, como es lo normal cuando compras una cría, debes ir como nuevo propietario a renovar regularmente la fotografía de tu animal (la caducidad se indica en el documento CITES) hasta que tenga el peso y tamaño adecuado en que lo marcarás definitivamente (microchip). En todas las provincias de España hay oficinas del Soivre o en su defecto, oficinas que dependen directamente de este organismo (los CATICES). De esta forma, siempre tendrás a tu animal en plena regla.

Si compras una tortuga y no tiene la documentación que te estoy comentando TE ESTÁN ENGAÑANDO, ya que el día de mañana solo tendrás problemas y estarás en posesión de un animal ilegal, que en algunos casos puede conllevarte sanciones económicas muy importantes. Es fácil encontrar en internet tortugas "baratas" ya que tanto su adquisición como su cesión o venta son totalmente fraudulentas, por eso, siempre una factura de compra te garantiza en cierto modo que el vendedor está identificado y la garantía de que lo que adquieres es mucho mayor. Por otro lado, tu tortuga a partir de los siete u ocho años de edad, en muchos casos ya será reproductora, entonces querrás que sus crías también sean animales "en regla" y para eso, es necesario que los padres sean identificados por el organismo mencionado y puedan emitirse los documentos de nuevo.

Si quieres más información con respecto al convenio CITES, aquí os dejo este enlace donde podréis ver qué especies engloba y cómo funciona.

http://www.cites.es/